BOLSAS DE EMPLEO
CSI·F ha recibido el borrador Convocatoria de Bolsas de Empleo Temporales, documento de trabajo para desarrollar, tras las aportaciones de las diferentes OOSS, que hemos suscrito el pasado 5 de abril el mantenimiento de las bolsas de empleo y no a través de empresas de trabajo temporal.
CSI·F entre otras propuestas, reivindica:
- Eliminar la valoración de los 2 puntos por reunir la condición de trabajador joven desempleado en la Oficina de empleo, con edad comprendida entre 18 a 30 años, puesto que si se considerase esta medida, sería un agravio comparativo y discriminatorio para el resto de personas. La Dirección tiene que recordar que el derecho a trabajar es un Derecho fundamental establecido en la Constitución para todos los españoles, incluidas las personas de más de 30 años.
- Posibilitar el cambio de bolsa a todos los compañeros que actualmente las integran, y así lo deseen.
- Establecer por cada provincia, el límite máximo de dos bolsas en las que puede estar inscrito un candidato, pudiendo optar a estar inscrito en dos bolsas en una provincia y en otras dos bolsas en provincia limítrofe.
- Establecer la valoración de los servicios efectivamente prestados, por mes completo trabajado o los que resulten por acumulación de tiempos de servicios parciales, con independencia del puesto, de la bolsa y de la provincia. De esta forma evitaríamos cualquier tipo de discriminación y se valoraría la experiencia en Correos.
- Aumentar la puntuación adicional por la posesión de los cursos de formación de Correos, valorando cada curso con 0,50 puntos. Resulta incoherente que se valore con 1 punto el First Certificate in English para la realización de un puesto operativo que solo requiere el graduado escolar, y se infravalore los cursos especializados de Correos.
- Establecer y delimitar el tiempo máximo para rotar, como fórmula de gestión que evite la rotación excesiva y la corta duración de los contratos, evitando situaciones injustas en las que un candidato podría trabajar en un año 7 días y a diferencia de otro que podría hacerlo 7 meses.
- Que no se considere como causa de decaimiento: La no aceptación de un contrato por circunstancias de hospitalización o enfermedad grave de un familiar de hasta 2º grado de consanguinidad u afinidad, así como la no aceptación por incapacidad temporal por enfermedad común en el caso de enfermedades, accidentes, o tratamientos prolongados o de larga duración.
CSI·F espera que se valoren nuestras propuestas, y no se demore la próxima reunión de la Comisión de Empleo, con el fin de agilizar la apertura de las Bolsas de empleo.
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