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CSI·F CORREOS ALBACETE

LEY 27/2011 DE JUBILACIONES

Entrada en vigor: 1 de enero de 2013                  20 de diciembre de 2012

  • 65 años de edad: para los trabajadores que hayan cotizado 38 años y 6 meses.
  • 67 años de edad: para quienes no alcancen dicho período de cotización.

Aplicación paulatina: El paso de 65 a 67 años de edad, así como la cotización de 35 años a 38 años y 6 meses, se aplicará progresivamente en el periodo comprendido entre 2013 y 2027.

Cotización mínima en todos los casos: 15 años, de los cuales, dos dentro de los últimos 15

PERÍODO TRANSITORIO

AÑO

Periodos cotizados

Edad exigida

2013

35 años y tres meses o más

Menos de 35 años y 3 meses

65 años

65 años y 1 mes

2014

35 años y 6 meses o más

Menos de 35 años y 6 meses

65 años

65 años y 2 meses

2015

35 años y 9 meses o más

Menos de 35 años y 9 meses

65 años

65 años y 3 meses

2016

36 o más años

Menos de 36 años

65 años

65 años y 4 meses

2017

36 años y 3 meses o más

Menos de 36 años y 3 meses

65 años

65 años y 5 meses

2018

36 años y 6 meses o más

Menos de 36 años y 6 meses

65 años

65 años y 6 meses

2019

36 años y 9 meses o más

Menos de 36 años y 9 meses

65 años

65 años y 8 meses

2020

37 o más años

Menos de 37 años

65 años

65 años y 10 meses

2021

37años y 3 meses o más

Menos de 37 años y 3 meses

65 años

66 años

2022

37años y 6 meses o más

Menos de 37 años y 6 meses

65 años

66 años y 2 meses

2023

37 años y 9 meses o más

Menos de 37 años y 9 meses

65 años

66 años y 4 meses

2024

38 o más años

Menos de 38 años

65 años

66 años y 6 meses

2025

38 años y 3 meses o más

Menos de 38 años y 3 meses

65 años

66 años y 8 meses

2026

38 años y 3 meses o más

Menos de 38 años y 3 meses

65 años

66 años y 10 meses

A partir del año 2027

38 años y 6 meses o más

Menos de 38 años y 6 meses

65 años

67 años

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