PETICIÓN DE VACACIONES, ASUNTOS PARTICULARES Y DÍAS POR ANTIGUEDAD
Nos informan diferentes compañeros/as de que los Jefes directos de las Carterias, USE´s, Oficinas, CTP´s etc están solicitando ya a todos los trabajadores las fechas en que quieren disfrutar las vacaciones en este año.
OS recordamos que en anteriores fechas se aprobó el calendario laboral para 2013 donde se reflejan los periodos en que se podrán disfrutar esas vacaciones:
Vacaciones anuales
Los funcionarios/as tendrán derecho a disfrutar vacaciones retribuidas de un mes natural o de 22 días hábiles anuales, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fuera menor.
A esos efectos, cuando los funcionarios/as disfruten las vacaciones por días hábiles no tendrán la consideración de hábiles los sábados.
En caso del personal laboral, el Art.56 del Convenio Colectivo dice que las vacaciones anuales podrán disfrutarse por meses completos o bien en dos quincenas y en casos excepcionales y por acuerdo de ambas partes y siempre que las necesidades del servicio lo permitan se podrá solicitar periodos inferiores a la quincena , siempre que sea un mínimo de una semana.
Organización de las vacaciones
Con carácter general, la vacación anual retribuida se disfrutará en el período comprendido entre los días 1 de julio y 30 de septiembre. No obstante lo anterior, si algún empleado o empleada lo solicita y las necesidades del servicio lo permiten, se podrán disfrutar las vacaciones en otras fechas, siempre que no coincida con campañas extraordinarias.
Días adicionales a las vacaciones (días por antigüedad)
Los días adicionales se unirán a las vacaciones, de tal forma que, si se disfrutan en un solo período de un mes natural, se adicionarán al mismo todos los días hábiles a los que tenga derecho el trabajador o trabajadora. Si por el contrario, las vacaciones se disfrutan en dos períodos, a cada uno de ellos se añadirán los días hábiles correspondientes, procurando que la distribución sea equilibrada.
Excepcionalmente, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, los días adicionales se podrán disfrutar sin unir a las vacaciones y en período distinto al vacacional, pero en todo caso deberán disfrutarse necesariamente dentro del año natural.
Desde CSI·F aconsejamos a todos los trabajadores que estas peticiones de VACACIONES se hagan POR ESCRITO a través del MODELO OFICIAL DE SOLICITUD DE VACACIONES Y DIAS ADICIONALES QUE APARECE EN LA INTRANET CORPORATIVA Y QUE DICHA SOLICITUD SEA PASADA POR REGISTRO a fin de evitarnos “SORPRESAS DE ULTIMA HORA . “
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